Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Superior Accidental en lo Civil, Mercantil, Tránsito, de Protección del Niño, Niña y del Adolescente y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre; actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por la parte demandada, en el juicio que por motivo de Desalojo sigue la ciudadana ELOINA MENESES DE MARQUEZ, titular de la cédula de identidad N° 530.360 en contra de la ciudadana XIOMARA DEL VALLE MARQUEZ DE LEÒN, titular de la cédula de identidad N° 4.188.975.-
SEGUNDO: ANULA LA SENTENCIA de fecha 01 de agosto de 2008, dictada por el Tribunal de los Municipios Sucre y Cruz Salieron Acosta del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre.-
TERCERO: SE REPONE LA CAUSA al estado de concederle a la parte actora el término legalmente establecido, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 350 del Código de Procedimie.....