Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado NICKSON RENATTO SALAZAR PEÑA, en su carácter de Fiscal Tercero del Ministerio Público del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, con sede en Guiria y competencia plena, contra decisión dictada por el Juzgado Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en fecha 25 de Mayo de 2015, mediante la cual ADMITIÓ PARCIALMENTE CON LUGAR la acusación fiscal, en la causa seguida a los ciudadanos ROMEL JOSÉ SÁNCHEZ SOMOVIL, LUIS ONORIO ARCIA PIÑANGO, ELIANGEL JOSÉ URBANO PIÑANGO Y CÉSAR ELEAZAR URBANO PIÑANGO, por la presunta comisión de los delitos de MODIFICACIÓN DE ARMAS DE FUEGOS, previsto y sancionado en el artículo 116 de la Ley para Desar.....