D E C I S I Ó N
Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Se declara ADMISIBLE, el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano MELQUIADES JOSÉ CARABALLO, actuando con el carácter de representante legal de la víctima el adolescente LUIS DANIEL CARABALLO GUERRA, contra decisión dictada por el Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, en fecha tres (03) de octubre de 2007, mediante la cual decreto EL SOBRESEIMIENTO, de la causa seguida al imputado RAMÓN ANTONIO MARTÍNEZ GUERRA, titular de la cedula de identidad No. 13.006.084, por el delito de LESIONES PERSONALES CULPOSAS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 420 en concordancia con el artículo 415 del Código Penal, en perjuicio del adolescente LUIS DANI.....