Este TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal numerales 3º y 6º acuerda la solicitud Fiscal e impone MEDIDA DE CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, al imputado REINALDO JOSÉ YEGRES PATIÑO, venezolano, mayor de edad, de 18 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.904.172 y residenciado en Terrazas Cumanesas, Torre 03, Piso 09, Apartamento 9B, Cumaná, Estado Sucre, consistente en presentación cada 30 días por tres (03) meses por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal de Cumaná y la prohibición de acercarse a la victima, por la presunta comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal. En consecuencia se ordena librar boleta de Libertad a nombre del imputado y que sean dirigidas al Comandante General de Policía del E.....