Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, de Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el abogado Armando Moya, inscrito en el Inpreabogado bajo el número: 28.092, bajo el carácter de apoderado judicial de la empresa mercantil SEGUROS GUAYANA, C.A. plenamente identificada, y CONFIRMADA la apelada sentencia definitiva de fecha 23 de mayo de 2007, dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de este Circuito y Circunscripción Judicial. En consecuencia: SE CONDENA a las empresas mercantiles SEGUROS GUAYANA, C.A. y RODOVÍAS DE VENEZUELA, C.A., ambas previamente identificadas, a pagar a la ciudadana MAGYELIS CEDEÑO, titular de la cédula de identidad número.....