Vista la solicitud que antecede de TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, proveniente del Juzgado Distribuidor Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, presentada por el ciudadano PEDRO ALEJANDRO LOPEZ VELASQUEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° V-25.835.433, domiciliado en la Avenida Circunvalación Sur-Este, sector Virgen del Valle, Parroquia Santa Rosa, Carúpano, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, asistido por la abogado en ejercicio YAJANY RODRÍGUEZ GONZALEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.716.300, inscrita en Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 101.873; y visto igualmente el pedimento que hace por ante éste Tribunal para que se le conceda TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, sobre las bienhechurías de un inmueble construido en un terreno propiedad del Instituto Nacional de Ti.....