Por todo lo antes expuesto, éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA, el Sobreseimiento de la causa seguida al ciudadano, Danny José Agreda González, Venezolano, de 25 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N°: 14976498, nacido el 14-06-78, de profesión: operador de radio, domiciliado en Guayacán de las Flores, Sector 1, vereda 57, casa Nª 03, Carúpano, Estado Sucre, hijo de: Juana de Agreda y Tito Armando Agreda; en consecuencia se le otorga libertad plena en el presente asunto. Todo en conformidad con los artículos 45, 48 ordinal 7, 318 ordinal 3 y 323 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes y en su debida oportunidad remítase al Tribunal de Ejecución Competente. Cúmplase.
La Jueza Cuarta de Control
La Secretaria
Abg. Lourdes M. Salazar Salazar
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