Este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la ley, declara:
PRIMERO:PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales y demás conceptos laborales intentada por el ciudadano MANUEL ANTONIO MÁRQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.447.658, en contra de la entidad de trabajo CONDOMINIO BOMPLAND- EDIF. BOMPLAND.
SEGUNDO: SE ORDENA a la parte demandada cancelar la suma de Ochenta y siete millones setecientos un mil cuatrocientos cinco bolívares con ochenta y nueve céntimos (BsS. 87.701.405,89) lo que es hoy, la cantidad ochenta y siete con setenta céntimos (Bs. 87,70) por los conceptos de Prestaciones por antigüedad, Vacaciones y Bono Vacacional No disfrutados, Bono de Fin de Año, Cesta Ticket Socialista, Horas extras y días feriados, indemni.....