Por todos y cada uno de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar y Mejía del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le Confiere la Ley, DECLARA: CON LUGAR LA RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO del solicitante, ciudadano PEDRO ANTONIO MARQUEZ CAMPOS, venezolano, mayor de edad, domiciliado en la Urbanización Las Palomas, Vereda N° 1, casa s/n, Marigüitar Municipio Bolívar del estado Sucre, titular de la cédula de identidad N°. V-8.647.577, asistido por la Abogada en ejercicio MARIA MILLAN VELASQUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 93.154. En consecuencia donde aparece: "FRANCISCA SENOVIA", debe decir: "NARCISA SENOVIA", para lo cual, remítase por medio de oficio copias certificadas de la presente decisión, al Registro Principal del estado Sucre y al Reg.....