DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto y previo análisis de la presente causa, estima ésta Juzgadora que para comprobar los motivos que fundamentaron la presente solicitud de sobreseimiento, no es necesario el debate oral, motivo por el cual se pasa a dictar sentencia en los siguientes términos: Este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida en contra de JOSE GREGORIO LOPEZ VALDEZ, JOSE DEL CARMEN LOPEZ VALDEZ, GERMAN MORRIS LONGART, CELINA DEL VALLE BARRETO, JESUS RAMON VALDEZ, JUAN ALIBORIO GUZMAN LEZAMA, ALBERTO JOSE VALDEZ VIÑOLES, IRSE JOSEFINA MARTINEZ VALDEZ, ALICIA DEL VALLE MARTINEZ VALDEZ, FORTUNATA GOITIA LOPEZ Y MIGUEL ANGEL CASTILLO MATA por la presunta comisión de uno de los delitos CONTRA LA PROPIEDAD en perjuicio de ESCUELA CONCENTRADA JUAN PEDRO, por cuanto a pesar de .....