En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A interpuesta por los ciudadanos ENRIQUE RAFAEL SALAZAR HERNANDEZ y MARILICE ANTONIA CHOPITE, ambos venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, cónyuges entre sí, titulares de las Cédulas de Identidad Números: 6.933.493 y.6.176.012 asistidos en este acto por el Abogado en ejercicio, JOSE BELLO BAYES, venezolano, mayor de edad, con domicilio Procesal en la calle Boyacá, entre Montes y Ayacucho Pb., inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 55.382, titular de la cédula de identidad N° 8.425.389, el primero y la segunda por el Abogado YENSIN YENDEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, inscrito en el INPREABOGADO N°.....