declara COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus PEDRO JOSE GARCIA (d) titular de la cédula de identidad Nº V.- 5.692.844 a la ciudadana: MIERES ANGELA DEL VALLE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.8.647.766, en su condición de cónyuge y a los ciudadanos JOSE ANGEL, FRANCISCO JAVIER Y PEDRO JOSE GARCIA MIERES, mayores de edad titulares de las cédulas de identidad Nrs.V. 15.290.338, V.-15.933.422, V.-18.775.859, habidos en la unión matrimonial y a los ciudadanos MARIANYELIS DEL VALLE, ROXANA VANESSA, ALEXIS JOSE, MARY CARMEN GARCIA CASTAÑEDA, V.-24.513.669, V.-23.346.050, V.-18.581.537, V.-18.581.496 y el Adolescente Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de dieciséis (16) años de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-25.899.639, de en su condición de hijos de.....