Por todo lo antes expuesto, éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA La Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad al ciudadano MARCOS JESÚS HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, de 23 años de edad, nacido en Guiria, en fecha 21 de agosto de 1984, titular de la Cédula de Identidad N° V 17.318.878, soltero, de profesión u oficio: Agricultor, hijo de Arcenia Hernández y padre desconocido, residenciado en: Calle Principal de Altagracia, Casa S/N, Sector Altagracia, Municipio Valdez, del Estado Sucre; por la presunta participación en el delito de Resistencia a la Autoridad, previsto y sancionado en el artículo 218, Numeral 3°, del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano; consistente en presentaciones de cada Treinta (30) días por ante la Prefectura de Guiria, Municipio Valdez, por el lapso de seis meses.
Todo .....