se concluye que es procedente acordar la prórroga de dicho lapso, por un tiempo de QUINCE (15) días más, contados a partir del vencimiento de los primeros treinta establecidos por el legislador, lapso que se estima suficiente para que el Fiscal recabe e incorpore a las actas del expediente, las diligencias faltantes. En virtud de lo decidido, deberá el Ministerio Público presentar en dicho lapso el acto conclusivo en la presente causa, en la que se ha privado de libertad al ciudadano JOSE ARIZA SABALLE, de nacionalidad Colombiana, nacido en fecha 08-10-1955, de 52 años de edad, soltero, carpintero, titular de la cédula de identidad N° E. 8750978, domiciliado en La Vegas Barrio el Carmen, calle Principal, casa N° 40 mas arriba de la Panadería La Vega Distrito Capital, por la presunta comisión del delito precalificado como ESTAFA Y FALSEDAD EN PASAPORTES, LICENCIAS, CERTIFICADOS Y OTROS ACTOS SEMEJANTES, en perjuicio del ciudadano Ignacio José Nuñez, de conformidad con lo dispuesto e.....