DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto y previo análisis de la presente causa, estima ésta Juzgadora que para comprobar los motivos que fundamentaron la presente solicitud de sobreseimiento, no es necesario el debate oral, motivo por el cual se pasa a dictar sentencia en los siguientes términos: ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, EXTENSIÓN CARÚPANO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, en el asunto seguido al ciudadano CRUZ DANIEL PAYARES GONZALEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad 11.970.648, de 34 años de edad, nacido el 21-07-1974, taxista, hijo de Jesús Payares y Felicia de Payares, residenciado en Vía Londres, frente a la Cochinera, Casa S/N, Parroquia Bolívar, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA, VERBAL Y PATRIMONIAL, previsto y sancionado en lo.....