Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECRETA: LIBERTAD SIN RESTRICCIONES a favor del ciudadano JUAN FRANCISCO MARCANO SALAZAR, Venezolano, Natural de Carúpano, de 25 años de edad, nacido en fecha 15-05-1986, titular de la cedula de identidad Nº 18.099.913, de estado civil soltero, de profesión u oficio: Obrero, hijo de Anibal Marcano; con domicilio en: la Urb. Nueva Guiria, vereda 11, casa nº 07, del estado Sucre, toda vez que no están llenos los extremos del articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, y en atención con el articulo 243 del ejusdem, en relación del articulo 44 ordinal 1 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, lo concerniente y ajustado a derecho, es decretar la libertad desde esta misma sala de audiencias, ya qu.....