Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito, Marítimo y Bancario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de ley, declara PERIMIDA la instancia en la demanda que por NULIDAD DE VENTA, que incoara la ciudadana NOHELIA ASTUDILLO DE MARRUFO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-8.325.424 y con domicilio en la Urbanización Nueva Cumaná, Torre M-22, apartamento 1-B de ésta ciudad de Cumaná, debidamente asistida por el abogado REYLUISBELT VÁSQUEZ MÁRQUEZ, venezolano, mayor de edad, de éste domicilio e inscrito por ante el IPSA, bajo el Nro.98.664 contra los ciudadanos ELLIS DONATO DÍAZ RODRÍGUEZ e INÉS IVONNE LÓPEZ, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-8.637.177 y 4.83545 respectivamente, y domiciliada en la Aven.....