Por todo lo antes expuesto este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre-Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Una vez analizados los documentos de Propiedad del vehículo y comprobándose la titularidad del propietario, Juan Carlos Mata Velásquez. Este Tribunal Acuerda hacer entrega bajo la modalidad de Guarda y Custodia, debiéndolo presentar las veces que sea requerido, tanto por el Ministerio Público, como por este Tribunal. Por un lapso de seis meses contados a partir de la presente fecha, al ciudadano, Juan Carlos Mata Velásquez, venezolano, titular de la cédula de identidad 14.421.282, mayor de edad, el vehículo Marca Chevrolet, modelo chevette, año 86, color beige, placa NAV538, serial carrocería 5C1156V202815, serial motor 56V202815, clase automóvil tipo coupe, uso particular, capacidad 5 puestos y s.....