Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Ejecución del Circuito Judicial del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; de conformidad con lo establecido en el artículo 479 numeral 1, en concordancia con los artículos 480, 493 y 494 todos del Código Orgánico Procesal Penal, EJECUTA la sentencia de fecha 12-02-2009, dictada por el Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, mediante la cual CONDENÓ a el ciudadano MARIO DAVID TORREALBA RIVAS, Venezolano, Mayor de edad, de 24 años de edad, Titular del cedula de identidad Nº 15.961.394, Nacido en fecha 01-01-1.984, de oficio Promotor de Fotografía, Hijo de Elena Del Carmen Rivas y Ramón Torrealba, Domiciliado: Cachipal Sector Santa Rosa. Municipio Cagigal Estado Sucre, a cumplir la pena principal de: CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN, en el establecimiento carcelario que determine la autoridad c.....