Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar y Mejía del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, en la presente demanda de FIJACION DE OBLIGACION DE MANUTENCION incoado por la ciudadana INGRID CAROLINA SALAZAR MAYZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.210.121 domiciliada en el Sector Petare, Municipio Bolívar, del estado Sucre, mediante la cual procedió a demandar al ciudadano JAIRO JOSÈ MÀRQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 19.082.468, domiciliado en el Sector Miramar, cerca de a la bodega de Perico, Marigüitar, Municipio Bolívar del estado Sucre.