este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Declara: La Extinción de la Acción Penal y Decreta: El Sobreseimiento de la presente causa a favor del ciudadano Jean Carlos Indriago Leiva, venezolano, natural de Yaguaraparo, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.694.368, nacido en fecha 05-02-1979, de 36 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio albañil, hijo de Mateo Indriago y Gladis Leiva, y residenciado en el Sector Domingo de Ramos, Invasión Fundo San Juan, Calle La Manga, Casa S/N, en la bodega Mi Tesoro, Yaguaraparo, Municipio Cagigal del Estado Sucre; por la comisión del delito de Amenaza, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Se.....