DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida los ciudadanos JESUS DANIEL AMUNDARAIN MARCANO, Venezolano, natural de Yaguaraparo, titular de la Cedula de Identidad V- 20.563.118, nacido en fecha 03/02/1.980, de 23 años de edad, soltero, agricultor, hijo de Rosendo Amundarain y Andrea Marcano, residenciado en El Sector Los Palmares, casa S/N, cerca de un taller del señor Javier, Carretera Nacional Carúpano- Guiria, Municipio Cajigal del Estado Sucre, y CARLOS EDUARDO HEREIRA, Venezolano, natural de Carúpano, titular de la Cedula de Identidad V- 17.957.512, nacido en fecha 14/12/1.984, de 28 años de edad, soltero, obrero, hijo de Tirsa Hereira y Alcides Caraballo, residenciado en El Sector Los Palmares, casa S/N, cerca de un taller del señor Javier, Carretera Nacional Carúpano- Guiria, Municipio Cajigal del Estado Sucre; , por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, tipificado en el artículo 218 del Código Penal en perjuicio del ESTADO.....