Por todo los razonamientos de hecho y de Derechos anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda la Libertad Plena del ciudadano Wilfredo Miguel Fermín Ramos, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-5.861.118, de fecha de nacimiento 28-05-1959, de 45 años de edad, de profesión Taxista, domiciliado en Charallave, Calle nro. 7, casa Nro. 0048, Carúpano Estado Sucre, y Decreta el Sobreseimiento de la causa de conformidad con el artículo 318 Ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese boleta de libertad y con oficio remítase a la comandancia de policía de esta ciudad.