Por todo lo anteriormente expuesto, Este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta el Sobreseimiento de la presente causa seguida contra QUIJADA EUSEBIO DEL VALLE , venezolano, mayor de edad, indocumentado y residenciado en Guatapanare, calle Principal, casa nº 07, Vereda N° 06, Municipio Bermúdez, Estado Sucre; Y LUIS NEMENCIO MARTINEZ FERRER, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.442.321 y residenciado en la entrada de hacia el Sector Copacabana de esta ciudad, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO Y LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, previsto y Sancionado en los artículos 460 y 418 del Código Penal, en perjuicio de ALBERTO JOSE GONZALEZ, Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 318 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal. Librense las notificaciones respectivas.