Por lo antes expuesto y previo análisis de la presente causa, éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, a favor del ciudadano JHOVANNY JOSE NUÑEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero 17.021.394, residenciado en Calle Bolívar. Casa número 24. Las charas de Río Caribe. Municipio Arismendi del Estado Sucre; por la comisión del delito de HURTO, previsto y sancionado en el articulo 455 ordinal 12 del Código Penal; en perjuicio de los ciudadanos LUIS BELTRAN RODRIGUEZ MARCANO, venezolano, mayor de edad, residenciado Calle Paraíso de Tunapuy. Municipio Libertador del Estado Sucre; Y VICTOR JESUS MORAO GUERRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero 10.884.697, residenciado en la Urbanización Eugenio Peña. Tunapuy. Municipio Libert.....