Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la Suspensión Condicional del Proceso a favor del ciudadano Jesús Primitivo Velásquez Cariaco, venezolano, de 49 años de edad, titular de la cedula de identidad N° 8.442.669, nacido en fecha 27/11/1960, de estado civil soltero, de ocupación obrero, hijo de Juan Bautista Cariaco y Rafaela Velásquez, y residenciado en el caserío Bella Vista, carretera Cumaná-Santa Fe, Casa S/N, junto a la alcabala de la policía del estrado, Parroquia Ayacucho, Municipio Sucre del Estado Sucre; por la comisión de los delitos de Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Marlenys Marisol Maurera Galindo; y Trato Cruel, previsto y sa.....