este Juzgado Primero de Control de este Circuito Judicial Penal, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguido al imputado HECTOR LUIS MIRANDA OREA, venezolano, mayor de edad, soltero, agricultor, titular de la cedula de identidad Nro.- 14.622.101, residenciado en el caserío Caña de Cruz, jurisdicción del Municipio Andrés Eloy Blanco, del Estado Sucre; quien esta incurso en la presunta comisión del delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 453 del Código Penal vigente para el momento de los hechos, en perjuicio del ciudadano SATURNINO SALAZAR, venezolano, mayor de edad, casado, agricultor, titular de la cedula de identidad Nro.- 1.493.976, residenciado en el caserío Caña de Cruz, jurisdicción del Municipio Andrés Eloy Blanco, del Estado Sucre, de conformidad con lo establecido en los artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, que dice lo siguiente: El Sobreseimiento procede cuando… numeral 3.- La acción penal se ha extinguido o resulta.....