DECRETAR LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, considerándose que cualquier otra medida resulta insuficiente para garantizar las finalidades de este proceso; por lo que queda desestimado la solicitud de la defensa. Y así se decide. En consecuencia, este TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra de los imputados JOSE MANUEL VILLALBA VILLALBA, venezolano, natural de Cumaná, de 19 años, nacido en fecha 26-03-1990, soltero, albañil, titular de la cédula de identidad N° 22.631.375, residenciado en: Urbanización la Llanada, Sector Cambio de Rumbo, Vereda 04, Casa 04, Cumaná, Estado Sucre, REYES DANNY JOSE, venezolano, natural de Cumaná, de 35 años, nacido en fecha 22-09-1974, soltero, albañil, titular de la cédula de identidad.....