Por todo lo antes expuesto, Este Juzgado Sexto Penal De Primera Instancia Estadales Y Municipales En Funciones De Control Del Circuito Judicial Penal Del Estado Sucre En Presencia De Las Partes, Administrando Justicia En Nombre De La República Y Por Autoridad De La Ley, decreta medida cautelar sustitutiva al imputado: ANTONIO JOSÉ GONZALEZ BLANCO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-15.360.441, natural de cumaná, Estado Sucre, Soltero, nacido en fecha 14-08-1979, de 35 años de edad, de profesión u oficio Albañil, hijo de FANY González Blanco y José Antonio González Silva, residenciado en: Cantarrana sector Cerro Sabino calle Ali Primera casa s/n, cerca de la licorería la caleta Municipio sucre del Estado Sucre, teléfono: 0416.580.9212, por la presunta comisión del delito de INVASION, previsto y sancionado en el artículo 471-A del Código Penal, consistentes en el no concurrir al lugar de los hechos y no instigar o promover hechos delictivos, y atender a los llamad.....