Este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en ejercicio de la facultad conferida en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal y conforme al artículo 493 eiusdem, OTORGA EL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA al ciudadano: ENMANUEL JOSÉ ARISMENDI RONDÓN, venezolano, de 30 años de edad, manifestando ser titular de la cédula de identidad Nº 16.314.309, soltero, no recuerda su fecha de nacimiento, natural de Cumaná, obrero, hijo de Onelia Rondón y Francisco Arismendi, residenciado en el Peñón, calle el Arbolito, casa sin número, detrás del estadium, Parroquia Valentín Valiente, Cumaná, Estado Sucre; actualmente recluido en la Comandancia General de la Policía del Estado Sucre, por el lapso de DOS (2) AÑOS, DOS (2) MESES Y VEINTISEIS (26) DÍAS quien fue condenado por sentencia dictada .....