En virtud de lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara ACTUALIZADO el cómputo en la presente causa seguida a los sancionados XXXXXXX, XXXXXX, XXXXXX, XXXXXX, XXXXXX, XXXXXXX Y XXXXXXX, CUMPLEN MEDIDA DE PRIVACION DE LOBERTAD POR EL LAPSO DE CINCO (05) AÑOS, donde se determinó que : 1) XXXXXXXXXX, ha cumplido de DOS (02) AÑOS CINCO (05) MESES y CATORCE (14) DIAS días, faltándole por cumplir el lapso de dos (02) años, seis(06) meses y dieciséis (16) días, los cuales vencerán el 25/07/2016..2) El sancionado XXXXXXXXXXXX, ha cumplido dos (02) años tres (03) meses y veintiún (21) días, faltandole por cumplir DOS (02) AÑOS OCHO (08) MESES y SIETE (07) DIAS, que vencerán el 16-09-2016.3) El sancionado XXXXXXXXXXXXX, ha cumplido DOS (02) AÑOS SIETE (07) MESES Y VEINTICINCO (25) DIAS , faltándole p.....