En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control del Segundo Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; SOBRESEE la causa al Ciudadano WILMER CARVAJAL, venezolano, mayor de edad, soltero, nacido en fecha 01-03-1983, titular de la Cédula de Identidad Nro.- 17.779.806 y residenciado en Guayacán de las Flores, Sector II, Vereda 35, Casa N° 20, Carúpano, Estado Sucre, por la comisión del Delito de LESIONES PERSONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 417 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano MIGUEL JOSÉ CARRILLO MARÍN; por cuanto ha Prescrito la Acción Penal. Todo de Conformidad con lo establecido en los artículos 48 ordinal 8°, 318, ordinal 3° del Código Orgánico Procesal penal y 108 ordinal 5° del Código Penal. Notifíquese a las partes de la presente decisión, conforme a lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Ofícies.....