En fuerza de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, Marítimo y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la ACCION MERO DECLARATIVA DE UNION CONCUBINARIA interpuesta por el ciudadano MANUEL FELIPE QUIJADA FIGUERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V-8.436.459, de este domicilio, contra la ciudadana YADIRA DEL CARMEN DE LA ROSA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V10.952.732.
La parte actora estuvo representada por el abogado CARLOS VELASQUEZ, inscrito en el Impreabogado bajo el N° 30.871.
La parte demandada estuvo representada en autos por la abogada ANA PATRICIA DE BARROS FIGUEIRA, inscrita en el Impreabogado bajo el Nº 223.721.
Se condena en costas a la parte actora por haber resultad.....