Este Tribunal Cuarto en Funciones de Control, en presencia de las partes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, ACUERDA la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD en contra del imputado PEDRO LUIS BETANCOURT quien es mayor de edad titular de la cedula de identidad numero V ¿16.142.157, de 29 años de edad, nacido en fecha 13-08-79. De profesión Vigilante del bingo Cumaná, residenciado en Brisas del Golfo, frente a la plaza, casas N° 146, de esta ciudad, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el articulo 218 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO. Consístete en presentación ante la Unidad de Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre cada 30 días por seis meses. Se continué la causa por el procedimiento ORDINARIO, se ordena la .....