este Tribunal Segundo de Control Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta: el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA POR PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL para el Presunto Agresor LUIS CARLOS GONZALEZ, titular de la cédula de identidad N° 20.345.627, residenciado en Brasil, Sector 01, Vereda 51, Casa 02 Parroquia Altagracia, Cumaná Estado Sucre, por el delito precalificado por esta Fiscalía como VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en perjuicio de MARYURIS DEL VALLE CARVAJAL CARVAJAL, Titular de la cédula de identidad N° 16.816.135. residenciada en Brasil, Sector 01, Vereda 37, Casa 54, Parroquia Altagracia, Cumaná Estado Sucre, de conformidad con el Ordinal 3° del artículo 300 y el ordinal 8º del artículo 49 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el ordinal 5º del artículo 108 del Código Penal