Este Juzgado Segundo de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: Cumplido como se encuentran los requisitos exigidos en los artículos 2 y 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, REDIME LA PENA al penado: GABRIEL ALEJANDRO ALCALA MARVAL, venezolano, de 41 años de edad, soltero, natural de Cumana, a quién este tribunal en fecha 26-07-2007, en UN (01) AÑO, UN (01) MES Y DIECIOCHO (18) DÍAS, tiempo este que es Redimido en este acto al penado, que sumado este tiempo con el tiempo de pena cumplida físicamente hasta la presente fecha, da un total de pena cumplida, de CUATRO (04) AÑOS, CINCO (05) MESES Y DOS (02) DÍAS, Faltándole por cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS, DIEZ (10) MESES VEINTIOCHO (28) DÍAS, que serán cumplidos en su totalidad en fecha 29-09-2014. En la actualidad el penado opta a la formula alternativa de cumplimien.....