este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, Decreta: Medida Cautelar Sustitutiva a la Privativa de Libertad, en contra del Imputado Víctor Manuel Marcano Quijada, venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 27.177.136, nacido en fecha 19-07-1998, de 18 años de edad, de profesión u oficio albañil, de estado civil soltero, hijo de Víctor Romero y Lisbeth Quijada, y residenciado en la Calle Nivaldo, Casa S/N, detrás de la Escuela de Nicolás Flores, Rió Caribe, Municipio Arismendi del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Droga, en perjuicio de La Colectividad, en consecuencia.....