DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 03, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECRETA: Materializada la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, Bajo Caución Económica, respecto del imputado Yorman José Noriega Gallardo, venezolano, natural Carúpano, Estado Sucre, de 35 años de edad, titular de la Cedula de Identidad Numero V- 17.957.169, nacido el 12/08/1980, comerciante, hijo de Jesús Noriega y Alicia Gallardo, y domiciliado en la Calle Principal del Sector Virgen del Valle de Playa Grande, casa S/N, a una cuadra de los chinos, Parroquia Bolívar, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de Robo Leve, previsto y sancionado en el articulo 456 del Código Penal en perjuicio de Francis Del Valle Hernández González Y Agavillamie.....