este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda a favor de la penada CARMEN CELESTINA BURIEL, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 14.317.620, la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena de conformidad con lo establecido en los Artículos 479, 494, 495 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal, imponiéndosele las condiciones anteriormente señaladas..
Se fija audiencia para el Viernes 02 de Octubre a las 10:00 AM en al sede del Circuito Judicial de Cumaná, para la imposición y aceptación de las condiciones y suministre los datos sobre su nueva residencia. Déjese copia, Librese boleta de pre libertad a favor de la referida penada, Librese oficio al director del internado judicial de esta ciudad remitiendo boleta de pre libertad y copia certificada del presente, líbrese oficios a la Unidad Técnica .....