Por recibido el presente expediente emanado de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en el cuál declaro Perecido el Recurso anunciado, el Tribunal le da entrada y el curso legal correspondiente, y por cuanto se observa que en fecha 21 de Noviembre del 2.016, este Tribunal dicto Sentencia definitiva donde declaro Sin Lugar la demanda, quedando definitivamente firme dicha sentencia, es por lo que éste Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, da por terminado el presente juicio y en consecuencia ordena el archivo del expediente. Así se decide.