En consecuencia este Juzgado de Protecciòn del Niño y del Adolescente, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, HOMOLOGA el convenimiento entre el ciudadano HERNÁN JOSE MARTINEZ ALFONZO,, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.414.228, domiciliado en la Urbanización Charallave sector Las Ameritas, calle Principal Nº 11.340 y la ciudadana YADIRA MAGDALENA RODRIGUEZ RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.415.939, domiciliada en Calle Curacho Nº 28, Carùpano Municipio Bermúdez. De conformidad con los artículos 315 y 375 de la Ley Organica para la Protecciòn del Niño y del Adolescente atribuyen a los Tribunales de Protecciòn del Niño y del Adolescente la competencia para homologar los acuerdos celebrados entre las partes.