Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, sede Cumaná, en decisión del Juez de Juicio , Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de DIVORCIO por "ABANDONO VOLUNTARIO", fundamentado en el artículo 185 causal 2° del Código Civil que intentara el ciudadano JULIAN JOSE RODRIGUEZ JIMENEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°: 14.597.490 y domiciliado en Caripito, Estado Monagas, asistido por el Abogado JUAN LOBATON, ipsa n° 93.153 en contra de la ciudadana LUISANA RICARDA MUDARRA MATA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº: 15.112.887