Este Tribunal Primero de Control, de la Sección de Adolescente, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley: Acuerda revocar la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad Impuesta al adolescente en su oportunidad y se DECRETA: LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del adolescente OMISSIS, hasta la celebración de la Audiencia Preliminar, en virtud de estar presuntamente incurso en la comisión de unos de los delitos contra la propiedad como es el Hurto Calificado, previsto y sancionado en el articulo 453 del Código Penal Venezolano en perjuicio de la ciudadana NAYVIS JOSÉ GONZÁLEZ, por el lapso de un (01) mes contados a partir de la decisión celebrada en fecha 28-03-2008. Se libró oficio junto con boleta de ingreso a la Comandancia de Policía de esta ciudad. Así mismo se dejó constancia de haberse informado a la defensa Pública del escrito de acusación de co.....