En atención a los fundamentos de hecho y de derecho que anteceden, este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión. Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República, Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley RESUELVE:
PRIMERO: SE HOMOLOGA EL PREACUERDO CONCILIATORIO, celebrado entre la adolescente Omissis y la ciudadana Yusmary del Carmen Campos Campos.-
SEGUNDO: SE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, del Asunto Penal, seguido a la adolescente OMISSIS por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana YUSMARY DEL CARMEN CAMPOS, en virtud de haber cumplido con las obligaciones pactadas dentro del plazo fijado de Un (01) en el Acuerdo Pre-Conciliatorio celebrado por ante la Fiscalía Sexta del Ministerio Público en fecha 21-12-07, el cual transcurrió en su totalidad; todo con fundamento en el.....