ACUERDA PRACTICAR NUEVO COMPUTO DE PENA ACTUALIZADO CON SU RESPECTIVA REDENCIÓN a los fines de subsanar dicho error. Definitivamente Firme como ha quedado la Sentencia dictada por el Juzgado Mixto Segundo de Juicio del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre de fecha 18-11-2002, mediante la cual se CONDENÓ al ciudadano JOSÉ MIGUEL CASTAÑEDA, titular de la Cédula de Identidad Nro.- 11.827.824, a cumplir la pena de: ONCE (11) AÑOS DE PRESIDIO MAS LAS ACCESORIAS DE LEY, por la comisión del delito de: ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, previsto y sancionado en los artículos 460 del código Penal, en concordancia con el artículo 83 ejusdem. Ejecútese de conformidad con lo establecido en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con los artículos 482 y 484, ejusdem. En consecuencia:
PRIMERO: El penado JOSÉ MIGUEL CASTAÑEDA, está detenido desde el día: 09-11-2000 hasta el día de hoy, 31-01-2006, fecha en que se realiza el presente computo, tiene una.....