Por los razonamientos que preceden este Juzgado Primero de Control, de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: DECRETA LA APREHENCION FLAGRANTE del adolescente OMISIS, en la investigación relacionada con la comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, tipificado en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; y la continuación del procedimiento por la vía ordinaria conforme al artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, por mandato del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, solicitando fuese escuchado de conformidad con los artículos 542 y 654 Literal "F" ejusdem.
SEGUNDO: DECRETA LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES del adolescente OMISIS, en la investigación relacionada con la comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, tipificado en e.....