En virtud de lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara efectuado el cómputo en la presente causa seguida a la adolescente XXXXXXXXXXXXXXXX; por los delitos de amenazas y violencia física, previstos en los artículos 41 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Nohelys López Ramos, quien cumple la medidas de reglas de conducta por el lapso de DOS (02) MESES y VEINTIOCHO (28) DÍAS, y del cual se determino que no ha iniciado el cumplimiento de la medida, en razón de ello le falta por cumplir la totalidad de la misma DOS (02) MESES y VEINTIOCHO (28) DÍAS.
Cómputo que se realiza con fundamento en las atribuciones conferidas en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y 474 del Decreto con.....