JUZGADO CUARTO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 318 numeral 3 y 48 numeral 6 del Código Orgánico Procesal Penal; previa solicitud de las partes; en la causa penal iniciada por hechos suscitados el 12 de Mayo del año 2011, funcionarios adscritos a la Guardia Nacional Bolivariana, encontrándose en funciones de Guardia en horas de la mañana, se trasladaban por la avenida Gran Mariscal, frente a FARMATODO, observando que trabajadores de ese local les hicieron señas solicitando apoyo, por lo que se trasladan al sitio, donde observan que tenían sometido en el área del baño al imputado de autos, el cual según los empleados intentaba llevarse dentro de sus ropas ocho barras de chocolate, por lo que procedieron a practicar la detención del mismo, quedando identificado como CLEMENTE JOSÉ NUÑEZ CORONADO, titular de la cedula de identidad Nº.....