éste Tribunal Cuarto de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA el cese de la Medida Cautelar impuesta en fecha 18/03/2008, al ciudadano Carlos Rafael Boada Franco, titular de la Cédula de Identidad N° 19.893.598, consistente la misma en un régimen de presentaciones cada ocho (08) días por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal; de conformidad con lo establecido en el artículo 256, numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez que el mismo cumplió fielmente las mismas, en los intervalos que le fueron exigidos, poniéndose en evidencia su buena fe para con el proceso penal que se le sigue. En tal sentido, se ordena notificar a las partes de la presente decisión, de conformidad con lo establecido en el único aparte del artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal, oficiar a la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial, inf.....