este Juzgado Segundo de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACUERDA la practica de dicho Reconocimiento Psicológico y Social al penado: DEYVY JOSE LOPEZ LOPEZ Venezolano, mayor de edad, nacido en fecha: 26-12-83, de 22 años de edad, soltero, residenciado en la Montañita, Sector Piedra Azul, casa s/n, cerca de la Bodega de la Sra. Lilibeth, Estado Sucre, Titular de la Cédula de Identidad No-16.484.457; comisionando al Jefe de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de esta ciudad, Estado Sucre, a los fines que practique los exámenes de rigor y al Director del Internado Judicial de Cumaná, informándole que este tribunal acordó la practica de la evaluación Psico-social al penado de autos.